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COLUMNA | Militares en la frontera: ¿Por qué otorgarles funciones policiales?

27 de febrero de 2023
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COLUMNA | Militares en la frontera: ¿Por qué otorgarles funciones policiales?

El Líbero, 25 de febrero 2023

En un país que no tiene conflicto con terceros Estados, el control de identidad fronterizo debería ser realizado por las policías y, en caso de ser insuficientes, se debería pensar en crear una fuerza especializada en frontera.

El uso de la fuerza es parte esencial del cumplimiento de su función. Los militares cuentan con un entrenamiento profesional orientado a neutralizar la amenaza con el fin de proteger la soberanía e integridad territorial. Esto es algo que no debemos olvidar al momento de discutir sobre el reciente decreto que habilita a las Fuerzas Armadas en labores de control y detención en frontera.

No hay duda de que la zona norte vive una crisis migratoria sin precedentes. El alcalde de Colchane estima que entre 200 y 400 personas ingresan diariamente por pasos no habilitados cercanos a su comuna, cientos más lo hacen por otros lugares fronterizos. Sin embargo, esto no es todo, pues al descontrol migratorio se suma el ya conocido tráfico de drogas y contrabando que se desarrolla en esa zona. La diferencia: hoy operan en la Macrozona Norte células del crimen organizado transnacional que han elevado los niveles de violencia, incrementado los indicadores de criminalidad y transformando el panorama delictual de la famosa puerta de entrada de la droga a Chile. 

En ese contexto, cuando las Fuerzas Armadas son habilitadas por decreto para controlar identidad, registrar y detener con el fin de poner a las personas a disposición de las policías la pregunta que queda abierta es qué pasa con ese entrenamiento orientado a neutralizar la amenaza y utilizar la fuerza ¿acaso estamos transformando a militares en policías? 

El problema de fondo no es el accionar de militares en zonas fronterizas, pues eso es parte de sus tareas. El asunto es que se desplieguen para replicar funciones que corresponden a instituciones de seguridad pública y no de defensa y, que dentro de las reglas del uso de la fuerza que plantea el DFL existan siete etapas que se acercan más a la labor de Policía de Investigaciones y Carabineros que a la de las instituciones militares.

Entonces, ¿cuando un militar se enfrente a algún miembro de un grupo de crimen organizado que responderá con violencia, deberá realizar los siete pasos antes de controlar a la amenaza? ¿Cuál será el marco jurídico que norma el actuar del militar en caso de enfrentarse al crimen organizado? ¿Basta con controlar la identidad si tenemos enfrente a un delincuente entrenado para usar la fuerza letal? Estas y muchas otras preguntas quedan abiertas al momento de revisar el decreto recién presentado.

En un país que no tiene conflicto con terceros Estados, el control de identidad fronterizo debería ser realizado por las policías y, en caso de ser insuficientes, se debería pensar en crear una fuerza especializada en frontera, pues el control de extranjeros por parte de militares podría generar efectos no deseados que complicarían aún más la crisis de seguridad de la zona. Las Fuerzas Armadas en este tipo de funciones deberían ser la excepción y no la norma. 

Si vamos a desplegar militares en frontera, no olvidemos su mandato constitucional, su entrenamiento y objetivo para que su trabajo en dicha zona sea un complemento real a la acción de otras instituciones del Estado frente a la crisis de seguridad de la Macrozona Norte. 

Pilar Lizana
Investigadora AthenaLab

Fuente: El Líbero

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